El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones publicó un nuevo reglamento que establece las condiciones para el remolque de vehículos motorizados que queden detenidos en la vía pública producto de una avería o accidente.
El reglamento establece dos modalidades de remolque. La primera corresponde a los vehículos de auxilio o grúas, que podrán transportar hasta dos vehículos simultáneamente mediante mecanismos de izamiento, además de utilizar sistemas de elevación y/o arrastre. Durante las maniobras deberán contar con dispositivos luminosos y elementos retroreflectantes.
La segunda modalidad corresponde al remolque efectuado por un vehículo particular. En estos casos, el automóvil que remolca deberá tener un peso y dimensiones superiores al vehículo averiado y ambos deberán estar unidos exclusivamente mediante una barra metálica.
Además, el vehículo remolcado deberá mantener sus luces de viraje encendidas y parpadeando durante el trayecto, siempre que la avería lo permita. No estará permitido transportar pasajeros, salvo una persona al volante para colaborar con la maniobra.
También se establecen límites de velocidad: el remolque podrá realizarse a un máximo de 40 km/h en zonas rurales e interurbanas y 30 km/h en zonas urbanas.
El subsecretario de Transportes, Martín Mackenna, sostuvo que la medida busca terminar con prácticas que se realizaban sin estándares técnicos y establecer reglas claras tanto para las grúas como para quienes deban remolcar un vehículo de manera particular.
En el caso de vehículos que transporten cargas peligrosas, continuará vigente la regulación establecida en el Decreto Supremo 298 de 1994 del Ministerio de Transportes.















