El pasado 10 de mayo de 2018, se publicó en el Diario Oficial la nueva Ley de Convivencia vial que tiene como objetivo mejorar la relación de los distintos modos de transportes que circulan en la ciudad, equiparando el espacio vial y para evitar los conflictos que se generan a diario entre ciclistas, peatones y conductores cuando se mueven por la ciudad.
La Ley apunta a un cambio de conducta de las personas. Por eso, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y las agrupaciones de los diversos modos de transportes, trabajaron desde que se creó la iniciativa en distintas campañas de difusión para poder concientizar a la ciudadanía de la importante de regular los modos transportes.
Hay que recordar que la nueva normativa fue aprobada en su totalidad a inicios de marzo 2018 por el Senado, salvo el artículo que proponía la reducción de velocidad en zona urbana de 60 km/h a 50 km/h, la que fue rechazada en un principio, pero tras la presentación de una moción parlamentaria fue enviada al Senado y posteriormente fue aprobada, entrando en vigencia en agosto pasado.
Cabe destacar que más de 100 organizaciones sociales de ciclistas, peatones y víctimas en accidentes de tránsito, apoyaron activamente la Ley de Convivencia de Modos desde su formulación hasta su tramitación en el Congreso.
“La nueva normativa entrará en vigencia el próximo 11 de noviembre y tenemos la convicción como Gobierno, que la Ley de Convivencia Vial permitirá un mayor respeto del espacio vial que comparte simultáneamente los diversos modos de transporte, vendrá a reglamentar aún más sobre cómo se mueven los distintos modos, entregando mayor seguridad vial y respeto entre todos los actores, que es uno de los objetivos principales del Gobierno del Presidente Sebastián Piñera”, explicó el Seremi de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Fuentes.
Cabe señalar que el 6% del total de fallecidos en siniestros viales en nuestro país son ciclistas. Solo durante el año 2017, la bicicleta participó en 3.853 accidentes de tránsito, y en ellos resultaron 95 ciclistas fallecidos y 3.236 lesionados. En la última década fallecieron 1.183 ciclistas en accidentes de tránsito.
Principales características de la Ley de Convivencia Vial:
-Prohibición de que los ciclos puedan circular por la vereda
Tal como la ley de tránsito lo establece desde su entrada en vigencia en 1985, los vehículos tienen la obligatoriedad de circular por la calzada. La nueva normativa define concretamente que los ciclos deben circular por las ciclovías (si éstas existen) o por la calzada.
También se establecen los casos excepcionales que podrán circular por las veredas: adultos en bicicleta con acompañante niño menor de 7 años, niños conductores de bicicleta menores de 14 años, personas con discapacidad y adultos mayores.
–Distancia mínima de 1,5 metros para adelantar a ciclista
Se establece una distancia mínima para adelantar a un ciclista de 1,5 metros, permitiendo así una mayor seguridad para este tipo de vehículos cuando deban desplazarse por la calzada.
–Estándar de ciclovías
La ley establece que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones defina las condiciones técnicas, de gestión, operación y seguridad de las ciclovías. El objetivo es procurar un desplazamiento seguro tanto de los ciclistas como de otros modos de transporte que interactúan en el espacio vial. Las futuras ciclovías tendrán que construirse bajo las características de operación que defina el MTT.
-Zonas de tránsito calmado en áreas residenciales:
Se establece que los municipios tengan la facultad de implementar zonas de tránsito calmado conforme al reglamento del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Estas zonas son espacios geográficos en que se establecen límites de velocidad para resguardar la seguridad de peatones o ciclistas (p.ej. 30 km/h). Se implementan principalmente en áreas residenciales, de alto flujo peatonal, cerca de escuelas, etc.
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