Revisa acá si eres vocal de mesa y tu local de votación para el Plebiscito 2020

Este sábado el Servicio Electoral (Servel) dio a conocer la nómina de quiénes serán vocales de mesa para el plebiscito del 25 de Octubre, donde se definirá si se redactará una nueva Constitución.

Junto a ello, se dio a conocer los locales y mesas de votación como también sus respectivos delegados.

Para conocer esta información se debe ingresar al sitio web del Servel en la sección de Consulta de datos electorales en el siguiente link.

Cómo excusarse

Las personas que no puedan cumplir como vocal el día de la elección, deben presentar por escrito sus causales de excusa ante la Junta Electoral que les corresponda entre el lunes 5 y el miércoles 7 de octubre, esto se puede hacer a través de correo electrónico, adjuntando todos los documentos que acrediten la situación.

Las siguientes circunstancias pueden representar una excusa:

-Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.

-Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.

-Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.

-Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.

-Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

-Estar la mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de las 6 semanas previas al parto y hasta 24 semanas siguientes a éste.

-Para este Plebiscito y según el Protocolo Sanitario elaborado por Servel, tener 60 años o más.

La nómina de reemplazantes será publicada el sábado 10 de octubre, quienes no podrán excusarse. Sin embargo, si al momento de la votación se encuentran en una de las causales de excusa vistas en la normativa, deben mantener consigo la documentación que acredite dicha situación, ya que podrían ser denunciados por la Junta Electoral ante el Juzgado de Policía Local respectivo.

Más detalles

Las personas que sean vocales de mesa, recibirán un pago de 2/3 de U.F (alrededor de $18.900 pesos), y no se les entregará colación; esto se pagará mediante la Tesorería General de la República de preferencia con un depósito en cuenta bancaria.

Quienes cumplan estas labores por primera vez y participen en la capacitación del Servicio Electoral recibirán un extra de 0,22 unidades de fomento (cerca de 6 mil pesos).

Además, para el vocal de mesa que no se presente a desempeñar sus funciones la ley (Artículo 151 de la Ley Nº 18.700) establece una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 U.T.M, es decir entre $100.644 a $402.576 mil pesos aproximadamente.

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